El documento clave en un contrato de arrendamiento residencial es el contrato de alquiler. Este instrumento legal describe todos los elementos esenciales de la relación arrendatario-propietario, incluidas las condiciones para rescindir y renovar el contrato de arrendamiento. 

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¿Tiene el arrendador que dar aviso si no renueva el contrato de arrendamiento en Florida? – En detalle  

Los requisitos legales de notificación que deben proporcionar los propietarios si no renuevan un contrato de arrendamiento dependen de si el contrato de alquiler tiene un término específico o no.  

Cuando el plazo de un contrato de arrendamiento se acerca a su fin, el arrendador o el arrendatario pueden proporcionar un aviso de no renovación. El propósito de este documento es dar a la otra parte suficiente aviso de que el contrato actual no se renovará por un nuevo término. 

Antes de enviar un aviso de no renovación, el interesado debe revisar el contrato de alquiler para identificar cuánto aviso debe recibir la otra parte. 

Aviso de No Renovación en Arrendamientos Sin Plazo Específico  

Los Estatutos de Florida §83.46 (2) determinan que “si el contrato de alquiler no contiene ninguna disposición en cuanto a la duración del arrendamiento, la duración está determinada por los períodos por los cuales se paga el alquiler”. 

En consecuencia, “si el alquiler se paga semanalmente, entonces el arrendamiento es de semana a semana; si se paga mensualmente, el arrendamiento es de mes a mes; si es pagadero trimestralmente, el arrendamiento es de trimestre a trimestre; si es pagadero anualmente, el arrendamiento es de año en año.” 

Si el contrato de alquiler no tiene un término específico, los Estatutos de Florida §83.57, “pueden ser rescindidos por cualquiera de las partes mediante notificación por escrito en la forma prevista en s. 83.56(4), como sigue: 

  • Cuando el inquilinato sea de año en año, mediante notificación con no menos de 60 días de anticipación al final de cualquier período anual 
  • Cuando el contrato de arrendamiento es de trimestre a trimestre, mediante notificación con no menos de 30 días de anticipación al final de cualquier período trimestral 
  • Cuando el arrendamiento sea de mes a mes, mediante notificación con no menos de 15 días de anticipación al término de cualquier período mensual, y 
  • Cuando el inquilinato sea de semana a semana, con no menos de 7 días de anticipación al final de cualquier período semanal” 

Aviso de No Renovación en Arrendamientos con Término Determinado  

Por el contrario, los Estatutos de Florida §83.575 (1) especifican que “un contrato de alquiler con una duración específica puede contener una disposición que requiera que el inquilino notifique al arrendador dentro de un período específico antes de desocupar las instalaciones al final del contrato de alquiler, si dicha disposición requiere el arrendador notifique al arrendatario dentro de dicho período de notificación si el contrato de alquiler no se renovará”. 

El mismo estatuto establece expresamente que “un contrato de alquiler no puede requerir más de 60 días de anticipación ni del arrendatario ni del arrendador”. 

Si el contrato de alquiler especifica que el arrendatario debe dar aviso antes de desalojar las instalaciones, el incumplimiento de esta condición puede resultar en daños y perjuicios como se especifica en el contrato .  

En tales casos, el inquilino debe proporcionar un «aviso por escrito al inquilino que especifique las obligaciones del inquilino en virtud de la disposición de notificación contenida en el contrato de arrendamiento y la fecha en que finaliza el contrato de alquiler». 

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