Un derecho de retención es un tipo de derecho de propiedad. Es una acción legal en la que un prestatario concede a un prestamista un activo pignorado como garantía en un préstamo.

En este caso, la parte garantizada (el prestamista) debe perfeccionar el derecho de retención para impedir que un tercero reclame cualquier interés en la misma garantía. En consecuencia, tras perfeccionar un derecho de retención, la parte garantizada tiene prioridad sobre los acreedores que puedan reclamar la misma propiedad.

En este artículo, descubrirá cómo perfeccionar un derecho de retención en la Florida.

Perfeccionamiento De Un Derecho De Retención En La Florida – Paso A Paso

En la Florida, una parte garantizada tiene algunas maneras de perfeccionar un derecho de retención, ya sea mediante la presentación de una declaración de financiación, la posesión de los bienes pignorados como garantía, el control de la garantía, o a través de un perfeccionamiento automático.

Presentación De Una Declaración De Financiación

Normalmente, la mayoría de las partes garantizadas prefieren perfeccionar un derecho de retención presentando una declaración de financiación. Tal y como establece el Código Comercial Uniforme § 9-515(a), la eficacia de una declaración de financiación presentada tiene una duración de cinco años a partir de la fecha de presentación.

Una declaración de financiación contiene información detallada sobre un derecho de retención sobre un bien utilizado para garantizar una deuda. Una vez que este documento se presenta ante el Secretario de Estado de la Florida, se notificará a otros acreedores que la parte garantizada tiene un interés prioritario en la garantía.

Una declaración de financiación válida debe incluir el nombre completo del deudor, el nombre completo de la parte garantizada e indicar la garantía.

En el documento, el nombre del deudor debe estar registrado con exactitud, ya que las declaraciones de financiación se presentan bajo el nombre del deudor. En caso de que el nombre en la declaración de financiación no sea correcto, la garantía no se perfeccionará.

Además, tal como establece el Código Comercial Uniforme § 9-504, la indicación de la garantía en una declaración de financiación debe proporcionar una descripción de la garantía que «identifique razonablemente lo que se describe» o «una indicación de que la declaración de financiación cubre todos los activos o bienes personales».

A diferencia de lo que ocurre en un acuerdo de garantía, la descripción de la garantía en una declaración de financiación puede ser genérica e incluir términos como «todos los activos del deudor».

Posesión De Los Activos Pignorados Como Garantía

Según lo dispuesto en el Código Comercial Uniforme § 9-313, una parte garantizada en la Florida puede perfeccionar un derecho de retención sobre documentos negociables, bienes, dinero o títulos de propiedad tangibles mediante la posesión de los activos del deudor pignorados como garantía.

En este caso, la parte garantizada puede tomar posesión personal de la garantía por sí misma u optar por designar a un agente para que tome posesión.

Si la parte garantizada opta por la segunda opción, el agente «toma posesión de la garantía después de haber autentificado un acta en la que reconoce que tomará posesión de la garantía en beneficio de la parte garantizada».

Es crucial tener en cuenta que una parte garantizada no puede perfeccionar un derecho de retención a través de la posesión en todos los casos, dependiendo del tipo de garantía. Por ejemplo, los activos intangibles utilizados como garantía (como las cuentas de depósito) no se pueden perfeccionar mediante este método.

Control De La Garantía

Mientras una parte garantizada mantenga el control de la garantía, el derecho de retención queda perfeccionado. Este método de perfeccionamiento de derechos de retención sólo está disponible para determinados tipos de garantía, como por ejemplo:

  • Bienes de inversión
  • Cuentas de depósito
  • Derechos de carta de crédito
  • Títulos mobiliarios electrónicos

Perfeccionamiento Automático

Por último, hay tipos de derechos de retención que se perfeccionan automáticamente en el momento de su incorporación a una garantía.

El artículo 9-309 del Código Comercial Uniforme ofrece una lista de trece derechos de retención que se perfeccionan en el momento de su incorporación, entre las que se incluyen la «venta de un intangible de pago», la «venta de un pagaré» o un «derecho de retención sobre bienes de inversión creado por un corredor o intermediario de valores».

En la Florida, uno de los tipos más comunes de derechos de retención que se perfeccionan tras su incorporación a una garantía son los «derechos de retención en dinero de compra de bienes de consumo».

Este tipo de perfección automática puede implicar una transacción en la que la parte garantizada proporciona la financiación que el deudor necesita para comprar la garantía o una transacción en la que el deudor compra un artículo a crédito de un vendedor.

En caso de que el deudor compre algún bien de consumo, la parte garantizada perfecciona automáticamente su garantía sobre el dinero de la compra.

Según el Código Comercial Uniforme § 9-108(23), la definición de bienes de consumo se refiere a cualquier bien que se utilice/compre para su uso principalmente con fines personales, familiares y domésticos.

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