Sin duda, el cónyuge de una persona lesionada ha sentido los efectos que una lesión puede tener en una familia. Desde llevar al cónyuge lesionado a citas médicas hasta la falta de intimidad entre la pareja, una lesión puede tener efectos dramáticos en el matrimonio.

En este artículo, comprenderá qué es un reclamo por pérdida de consorcio y si sobrevive a la muerte de un cónyuge en Florida.

Reclamación por Pérdida de Consorcio – Comprensión del Concepto

Una pérdida de consorcio es la pérdida asociada con la privación de los beneficios que ofrece la relación con un cónyuge, incluidos el compañerismo, el afecto, el amor, la comodidad y la intimidad sexual. Cuando alguien resulta herido, es posible que el cónyuge de esa persona ya no pueda beneficiarse de estas intimidades con la víctima.

En tales casos, el cónyuge puede tener derecho a presentar un reclamo personal para compensar la pérdida de una relación. Si una reclamación por pérdida de consorcio se basa en motivos legales, el tribunal puede reconocer estos daños y otorgar al cónyuge de la persona lesionada el derecho a recuperar una compensación monetaria de la parte responsable de la lesión, ya sea un individuo o una entidad.

¿Sobrevive un Reclamo por Pérdida de Consorcio a la Muerte del Cónyuge en Florida? – Una Descripción Realista

La jurisprudencia de Florida demuestra que el derecho del cónyuge sobreviviente a proceder con un reclamo por pérdida de consorcio después de la muerte de un cónyuge lesionado aún es incierto. Para entender por qué, es importante observar el precedente establecido por el caso Randall v. Walt Disney (Fla. 5th DCA 2014).

La acción fue presentada por el Sr. Randall y su esposa con base en lesiones en la cabeza y el cuello sufridas en una montaña rusa en Walt Disney World. El Sr. Randall presentó personalmente una demanda por lesiones contra Disney, mientras que la Sra. Randall presentó una demanda por pérdida de consorcio.

Sin embargo, el Sr. Randall finalmente murió. La Regla de Procedimiento Civil de Florida 1.260 (a)(1) establece que «si una de las partes fallece y el reclamo no se extingue, el tribunal puede ordenar la sustitución de las partes correspondientes».

Si la sustitución no se hace dentro del plazo legal de 90 días, la parte fallecida queda desestimada de la demanda. Como un representante personal del patrimonio del Sr. Randall no lo sustituyó a tiempo, el tribunal de primera instancia desestimó el caso de lesiones personales.

Además, el tribunal también desestimó el reclamo por pérdida de consorcio presentado por la Sra. Randall, afirmando que el reclamo no sobreviviría por sí solo, ya que era un «derivado» del reclamo por lesiones personales del difunto.

El caso fue a la Corte de Apelaciones, que determinó que el reclamo de pérdida de consorcio del cónyuge sobreviviente sobrevivió a la muerte del Sr. Randall. Cuando el caso pasó a un segundo tribunal de apelaciones (Tribunal de Apelaciones del Tercer Distrito), llegaron a la conclusión opuesta.

Según la interpretación del Tribunal de Apelaciones del Tercer Distrito, el cónyuge lesionado murió a causa de una lesión no relacionada con la acción por lesiones personales.

Por lo tanto, “el cónyuge sobreviviente que sufrió una pérdida de consorcio no podría sostener una acción de muerte por negligencia”. Ahora, la Corte Suprema de Florida debe determinar qué decisión de la corte de apelaciones fue correcta.

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