Muchas personas con impedimentos o discapacidades dependen de los beneficios públicos para manejar los gastos asociados con la atención médica y personal. Por ello, es importante saber qué es un fideicomiso de terceros para necesidades especiales en Florida y cómo utilizarlo.

Este increíble instrumento le ayudará a proteger a sus seres queridos con necesidades especiales, y al mismo tiempo, no afectar su elegibilidad a programas como Medicaid.

Siga leyendo esta guía, donde la abogada Romy B. Jurado le dejará saber todo lo necesario sobre el fideicomiso de terceros para necesidades especiales.

Entiendo el Concepto de un Fideicomiso de Terceros Para Necesidades Especiales

Un fideicomiso es un arreglo legal en el que el fideicomitente transfiere la propiedad de los activos a un fideicomisario para beneficiar a una o más personas. Hay dos tipos principales de fideicomisos: fideicomisos revocables y fideicomisos irrevocables.

Si alguien crea un fideicomiso revocable, es posible enmendar, cambiar o revocar el acuerdo de arreglo mientras el fideicomitente aún está vivo. Una vez que el fideicomitente fallece, todos los fideicomisos revocables automáticamente se vuelven irrevocables.

Un fideicomiso irrevocable, por otro lado, no acepta enmiendas o modificaciones una vez otorgado. A no ser por la intervención de la corte, no es posible alterar o revocar un fideicomiso irrevocable.

Todo Sobre El Fideicomiso de Terceros Para Necesidades Especiales en Florida

Un fideicomiso para necesidades especiales (SNT) es un fideicomiso creado exclusivamente para beneficiar a una persona con necesidades especiales. En la mayoría de los casos, los padres o abuelos de personas con necesidades especiales crean SNT para proteger a sus seres queridos en el futuro.

Similar a otros fideicomisos tradicionales, el fideicomitente financia el arreglo mediante la transferencia de activos al fideicomisario. El fiduciario es responsable de la titularidad de estos bienes en nombre del beneficiario, manteniendo siempre un deber fiduciario para con él.

Este tipo específico de fideicomiso también permite que una persona con necesidades especiales reciba ingresos sin perder la elegibilidad para beneficios públicos, como Medicaid o Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI).

Por ejemplo, una persona con discapacidad que recibe una cantidad importante de dinero a través de una herencia podría ser inhabilitada inmediatamente para diferentes beneficios públicos. Teniendo en cuenta los altos costos asociados con la atención médica para personas discapacitadas, la herencia podría agotarse rápidamente por los gastos.

Con un fideicomiso de terceros para necesidades especiales, este individuo puede recibir la herencia a través del fideicomiso sin perder la elegibilidad para los beneficios públicos.

Veredicto: ¿Qué Es Realmente Un Fideicomiso De Terceros Para Necesidades Especiales?

El fideicomiso de terceros para necesidades especiales es establecido por alguien que no es el beneficiario para garantizar que se satisfagan las necesidades únicas del beneficiario. Estos fideicomisos pueden constituirse como revocables o irrevocables, según las necesidades y objetivos del beneficiario.

A diferencia de los fideicomisos propios para necesidades especiales, un fideicomiso de terceros para necesidades especiales no implica un mecanismo de «recuperación». Si quedan montos en el fideicomiso en el momento del fallecimiento del beneficiario, no es necesario devolver el resto al gobierno.

Los beneficios de los fideicomisos para necesidades especiales de terceros incluyen:

  • Proteger la elegibilidad del beneficiario para los beneficios del gobierno mientras se protegen los fondos del beneficiario
  • Garantizar el acceso del beneficiario a los recursos necesarios para la atención adicional más allá de Medicaid y otros beneficios públicos
  • Asegurar el acceso del beneficiario a una mejor calidad de vida, no solo las necesidades provistas por los beneficios médicos
  • Asegurar el acceso del beneficiario a la educación privada, vacaciones, eventos sociales y otras actividades de esparcimiento
  • Proteger los fondos mantenidos en el fideicomiso poniendo a un profesional o persona responsable como fiduciario del fideicomiso.

Cree Un Fideicomiso de Terceros Para Necesidades Especiales con la Abogada Romy B. Jurado

Si desea crear este tipo especial de fideicomiso, entonces comuníquese con la abogada Romy B. Jurado llamando al (305) 921-0976 o enviando un correo electrónico a [email protected] para agendar su cita y obtener la asesoría que necesita.

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