Jurado & Associates, P.A. es su socio de confianza cuando se trata de reunir familias y navegar por las complejidades de la inmigración basada en la familia en los EE. UU. Ya sea que esté buscando traer a su cónyuge, hijo, pariente cercano o no sea estadounidense. ciudadano que aspira a obtener una tarjeta verde, Jurado & Associates, P.A. se dedica a ayudarlo en cada paso del camino.

¿Qué es la inmigración basada en la familia?

La vía principal para obtener una tarjeta verde es a través del patrocinio familiar. En este proceso, un ciudadano estadounidense o un residente permanente legal (LPR) inicia el viaje presentando un Formulario I-130 junto con la documentación de respaldo ante el USCIS. Una vez aprobado, el miembro de la familia puede comenzar el proceso de solicitud de visa. Sin embargo, en algunos casos, puede ser necesario esperar un número de visa disponible.

¿Qué es una Green Card?

Una tarjeta verde significa Residencia Legal Permanente en los Estados Unidos, un estatus que se puede obtener a través de varias vías, como el patrocinio familiar, el patrocinio de un empleador estadounidense, el asilo y más. La posesión de una tarjeta verde otorga al titular el derecho a vivir y trabajar en los Estados Unidos indefinidamente, con un período de validez de diez años, prorrogable a través de la renovación.

Después de cinco años, la mayoría de los titulares de la tarjeta verde son elegibles para obtener la ciudadanía estadounidense, aunque ciertas circunstancias especiales pueden acortar este plazo a tres años.

¿Cómo es el  proceso de inmigración para familiares inmediatos?

Los familiares inmediatos de ciudadanos estadounidenses disfrutan del privilegio de evitar las listas de espera. Una vez que se aprueba el I-130, puede comenzar el proceso de solicitud, gestionado por el Centro Nacional de Visas (NVC) y el consulado en la embajada. Los parientes inmediatos abarcan:

  • Cónyuges de ciudadanos estadounidenses
  • Hijos de ciudadanos estadounidenses menores de 21 años y solteros
  • Padres de ciudadanos estadounidenses (si el hijo tiene 21 años o más)

Si sus familiares se encuentran dentro de estas categorías y no son inadmisibles bajo otras disposiciones, son elegibles para obtener una tarjeta verde.

¿Cómo es el  proceso  de inmigración para  familiares no inmediatos?

Las personas que son familiares de ciudadanos estadounidenses o residentes permanentes legales aún pueden ser elegibles para una tarjeta verde, aunque con la colocación en una lista de espera. Las categorías para los familiares no inmediatos son las siguientes:

  • F1 – Hijos e hijas solteros de ciudadanos estadounidenses
  • F2A – Cónyuges e Hijos de Residentes Permanentes Legales (LPR)
  • F2B – Hijos e hijas solteros (21 años o más) de residentes permanentes legales
  • F3 – Hijos e hijas casados de ciudadanos estadounidenses
  • F4 – Hermanos y hermanas de ciudadanos estadounidenses adultos

Cada categoría tiene su propia lista de espera, sujeta a cambios mensuales. El Boletín de Visas, publicado por el Departamento de Estado, informa a los solicitantes cuando su fecha de prioridad se actualiza. Al alcanzar este hito, los miembros de la familia pueden solicitar una visa en la embajada o una tarjeta verde dentro de los Estados Unidos.

¿Desea asistencia profesional para la inmigración basada en la familia en los EE. UU.? Así es como podemos ayudarle

Si está ansioso por solicitar una visa para usted o un miembro de su familia y necesita orientación experta, comuníquese con nosotros en Jurado & Associates, P.A..

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