Cuando alguien fallece en Florida, el patrimonio del difunto pasará por la sucesión. En este proceso, un tribunal de sucesiones determinará la validez del testamento del difunto y reunirá todos los bienes dejados atrás.

Luego, después de pagar cualquier deuda pendiente, los bienes restantes en el patrimonio del difunto se distribuyen a los beneficiarios. En todo el proceso, el representante personal juega un papel fundamental.

En este artículo, descubrirá si los representantes personales pueden vender activos durante la sucesión en Florida.

Representante Personal en Florida: comprensión del concepto

Un representante personal es una persona o entidad nombrada para administrar el patrimonio de alguien después de su muerte. También conocido como «albacea» o «administrador testamentario», el representante personal generalmente se designa en el último testamento del difunto.

Si no existe un último testamento después de la muerte del propietario del patrimonio, el tribunal designará a una persona para que actúe como patrimonio personal (por lo general, un pariente cercano, como un cónyuge o hijos adultos).

Cuando el difunto sea soltero, o el cónyuge del difunto no quiera actuar como representante personal de la herencia, el tribunal procederá a seleccionar a alguien con el grado más cercano de parentesco con el difunto. Aún así, la decisión depende exclusivamente de la discreción del tribunal.

Para calificar para ser un representante personal, una persona debe tener 18 años de edad o más y residir en Florida al momento del fallecimiento del difunto. Ninguna persona que haya sido condenada por un delito grave puede ser un representante personal.

Las personas menores de 18 años en el momento del fallecimiento del difunto o incapaces de desempeñar sus funciones (física o mentalmente) no pueden actuar como representantes personales.

Las Responsabilidades de un Representante Personal en Florida – Responsabilidades Potenciales

En caso de que un representante personal administre mal el patrimonio de un difunto durante la sucesión, la persona o entidad designada para el cargo puede ser responsable ante los beneficiarios por cualquier daño que les haya ocurrido.

Antes de aceptar el reto de servir como representante personal, es fundamental buscar la orientación de un abogado experto para evitar posibles litigios de herederos u otros imprevistos.

¿Puede un Representante Personal de Florida Vender Activos del Patrimonio? – Una Visión General

En general, lo que suceda con los bienes dejados por el difunto en la sucesión de Florida es parte de la responsabilidad del representante personal designado. Los Estatutos de Florida §733, también conocido como el Código de Sucesiones de Florida, proporciona la legislación que rige los procedimientos de sucesión.

Los Estatutos de Florida §733.612 estipulan que «un representante personal, que actúe razonablemente en beneficio de las personas interesadas, puede vender, hipotecar o arrendar adecuadamente cualquier propiedad personal del patrimonio o cualquier interés en él por dinero en efectivo, crédito o parte en efectivo o crédito parcial, y con o sin garantía por el saldo insoluto”.

Aún así, los representantes personales pueden tener una tarea más compleja al vender bienes raíces que vender bienes personales. Idealmente, el testamento del difunto debe contener una «cláusula de poder de venta».

Esta cláusula permite que el representante personal venda bienes inmuebles sin una orden específica del tribunal de sucesiones.

De lo contrario, si el difunto murió intestado (sin testamento) o el último testamento del difunto no incluía una cláusula de poder de venta, el representante personal debe buscar la aprobación del tribunal antes de vender los bienes inmuebles.

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Si fue designado como representante personal de un patrimonio, es esencial trabajar con un abogado experto en sucesiones. No pierda tiempo: comuníquese con la Abogada Romy B. Jurado, Esq. llamando al (305) 921-0976 o enviando un correo electrónico a [email protected] para programar una consulta inicial.

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