En el Estado de la Florida existen restricciones sobre la publicidad de los agentes inmobiliarios. ¿Por qué? Porque la Florida es el destino número uno al que se mudó la gente en 2020. Desde la primavera de 2020 hasta la primavera de 2021, el estado ganó aproximadamente 300.000 nuevos residentes. Obviamente, todos estos nuevos residentes necesitaban casas, por lo que el mercado inmobiliario de la Florida se disparó.

Si usted es un agente inmobiliario en la Florida, probablemente esté trabajando para aprovechar la naturaleza del mercado inmobiliario del estado implementando diversas estrategias de marketing. Sin embargo, es importante saber cuáles son las restricciones sobre la publicidad para los agentes inmobiliarios en la Florida. En este artículo encontrará lo que necesita saber.

Las Restricciones Sobre La Publicidad Para Los Agentes Inmobiliarios En La Florida – Lo Que Usted Debe Saber

Restricciones Para Los Agentes Inmobiliarios Individuales

En general, los anuncios en la Florida no pueden incluir ninguna información fraudulenta, falsa o engañosa, lo que significa que, por ejemplo, un agente inmobiliario no puede anunciar una propiedad en particular si el propietario de esa propiedad no tiene la intención de venderla como se anuncia. Del mismo modo, un agente inmobiliario no puede anunciar una propiedad a un precio determinado si el propietario no tiene intención de venderla por esa cantidad.

Los anuncios de un agente inmobiliario deben dejar perfectamente claro a los terceros que están operando con una licencia inmobiliaria de la Florida. Además, los anuncios de un agente inmobiliario deben incluir el nombre de la empresa de corretaje con licencia bajo la que trabaja el agente. Este requisito se aplica tanto a los anuncios físicos como a los que se publican en Internet.

Si un agente inmobiliario de la Florida tiene la intención de utilizar un apodo en uno de sus anuncios, entonces debe poner el apodo entre comillas justo después de su primera inicial o nombre. Sin embargo, cualquier agente inmobiliario que utilice su apellido debe usar el nombre que registró en la Comisión Inmobiliaria de la Florida.

Restricciones Para Los Grupos De Agentes Inmobiliarios

En lo que se refiere a la publicidad de grupos, la Regla 61J2.10.026 del Código Administrativo de publicidad inmobiliaria de la Florida, que entró en vigor en Julio de 2019, es la ley que establece las restricciones a la publicidad de grupos y equipos de agentes inmobiliarios. En virtud de esta nueva ley, los anuncios publicados por cualquier grupo o equipo de agentes inmobiliarios deben tener un titular designado que sea responsable de garantizar que los anuncios cumplan con el capítulo 475 de los Estatutos de la Florida, así como con la división 61J2 del Código Administrativo de la Florida. Además, el agente inmobiliario designado debe mantener un registro actualizado de cada uno de los miembros del grupo o equipo al menos una vez al mes.

En lo que respecta a los nombres de grupos o equipos, existen restricciones específicas que los agentes inmobiliarios deben tener en cuenta a la hora de anunciar sus propiedades. Por ejemplo, el nombre de un grupo o equipo inmobiliario puede incluir la palabra %22grupo%22 o %22equipo%22 como parte del nombre; sin embargo, no puede incluir ninguna de las siguientes palabras:

  • Agencia
  • Asociados
  • Agencia
  • Corredores
  • Empresa
  • Corporación
  • Corp.
  • Inc.
  • LLC
  • LP
  • LLP
  • Asociación
  • Propiedades
  • Propiedad
  • Bienes inmuebles

En esencia, el nombre no puede incluir ninguna palabra que sugiera que el grupo o equipo es una empresa inmobiliaria o una firma de corretaje independiente. Además, en los anuncios publicados por un grupo o equipo de agentes inmobiliarios, el nombre del grupo o equipo no debe ser más grande que el nombre del agente inmobiliario designado.

¿Es usted un agente inmobiliario en la Florida? ¿Necesita ayuda para hacer frente a las restricciones en materia de publicidad? Si la respuesta es afirmativa, debería considerar la posibilidad de trabajar con un abogado inmobiliario con experiencia que pueda asegurarse de que cumpla con todas las leyes y reglamentos aplicables. La abogada Romy B. Jurado, Esq. puede ser esa abogada.

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