Nunca es fácil enfrentarse a una ejecución hipotecaria. Perder una propiedad debido a una deuda hipotecaria no saldada puede ser estresante, pero es aún peor en el caso de una propiedad de alquiler. La ejecución de una propiedad de alquiler en la Florida significa una importante pérdida de ingresos, lo que nunca es bueno.Cuando se ejecuta la hipoteca de una propiedad con contrato de alquiler, el inquilino tiene un período específico para mudarse después de que se presente el certificado de venta de la ejecución hipotecaria. En estos casos, los prestamistas deben ser conscientes de sus obligaciones antes de desalojar a los inquilinos al ejecutar la hipoteca de un inmueble.En este artículo, descubrirá cuánto tiempo tiene un inquilino para mudarse después de una ejecución hipotecaria en la Florida.

¿Cuánto Tiempo Tiene Usted Para Mudarse Después De Una Ejecución Hipotecaria En La Florida? – Lo Que Dice La Ley

Titulada como la “Ley de Protección de los Inquilinos durante las Ejecuciones Hipotecarias“, la sección 83.5615 de los Estatutos de la Florida establece que los prestamistas deben dar a los inquilinos un período específico para desalojar una propiedad ejecutada después de que la venta de la ejecución hipotecaria se haya completado oficialmente.En concreto, la ley establece que “cualquier sucesor inmediato en el interés de dicha propiedad de acuerdo con la ejecución hipotecaria asumirá dicho interés sujeto a que el sucesor en el interés proporcione una notificación para desalojar a cualquier inquilino de buena fe al menos 90 días antes de la fecha efectiva de la notificación“.Además, el inquilino que ocupa las instalaciones tiene los derechos de cualquier inquilino de buena fe, que deben ser respetados por el prestamista.Según lo dispuesto en la sección 83.561(4) de los Estatutos de la Florida, el prestamista no asumirá las obligaciones de un contrato de arrendamiento existente, a menos que el prestamista decida hacerlo expresamente al asumir el contrato.En la mayoría de los casos, un prestamista preferirá desalojar al inquilino que vive en el local alquilado que mantener una relación inquilino-propietario asumiendo un contrato de arrendamiento existente.Antes de desalojar a un inquilino que vive en un inmueble embargado, un prestamista debe presentar una notificación de rescisión por escrito con 90 días de antelación. Además, el prestamista debe entregar o enviar por correo una copia a la propiedad o dejar una copia en el inmueble.Una vez recibida la notificación de rescisión por escrito, el inquilino puede permanecer en el inmueble hasta que expire el plazo.

¿Hay Esperanza Para Un Ex Propietario Después De Una Ejecución Hipotecaria En La Florida?

De hecho, existe una esperanza para los propietarios de viviendas que perdieron sus propiedades durante una ejecución hipotecaria en la Florida. Sin embargo, una vez que la venta de una ejecución hipotecaria se ha completado, las opciones son escasas.Todo dependerá de dos factores principales: si la propiedad todavía está en la fase de venta previa a la ejecución hipotecaria o si ya fue vendida a un tercero. Si la venta de la ejecución hipotecaria aún no se ha producido, es posible luchar contra el caso con la ayuda de un abogado experto.En este contexto, las defensas legales utilizadas en los tribunales dependerán de las circunstancias de cada persona. En cualquier caso, es fundamental trabajar con un abogado especializado para encontrar una salida a la ejecución hipotecaria.Sin embargo, si la venta de la ejecución hipotecaria se ha completado, el propietario original suele tener un día hasta que el secretario presente el certificado de venta. Dentro de este estricto período de un día, el antiguo propietario puede tener una oportunidad de reclamar la propiedad con la ayuda de un abogado especializado en ejecuciones hipotecarias.Después de que el secretario haya presentado el certificado de venta, el propietario original tiene derecho a recomprar la propiedad en un plazo de diez días a partir de la presentación. Sin embargo, puede incurrir en otros gastos, incluyendo la cantidad pendiente de la hipoteca y honorarios adicionales.

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